La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó el 21 de mayo de 2025 ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso 13.524 contra el Estado de Guatemala, por graves violaciones a los derechos humanos de personas internadas en el Hospital Nacional de Salud Mental Federico Mora.
Según la CIDH, las víctimas eran personas bajo custodia del Estado que no enfrentaban procesos penales, pero permanecían internadas en condiciones que califican como tortura, con denuncias de abusos físicos, violencia sexual, prácticas de aislamiento y deficiencias extremas en atención médica y condiciones sanitarias. La Comisión recibió esta petición en octubre de 2014.
La denuncia abarca dos grupos de internos: personas detenidas por orden judicial penal y pacientes sin vínculo con el sistema de justicia, a cargo del Ministerio de Salud. El informe detalla que algunos permanecieron hospitalizados contra su voluntad, incluso cuando contaban con recomendaciones médicas para recibir el alta, lo que evidencia deficiencias legales que impiden su reintegración a la comunidad.
El informe de fondo 365/22 subraya que estas personas fueron víctimas de múltiples vulneraciones: desde falta de asesoría legal para impugnar su internamiento, hasta la ausencia de servicios comunitarios de apoyo que perpetúan su reclusión arbitraria.
Además, la Comisión constató que en el Hospital Federico Mora se practicaban sujeciones físicas y químicas, aislamientos forzados y se brindaba atención médica deficiente. También documentó casos de violencia sexual sistemática por parte de personal de custodia, personal médico y otros internos, cometidos con tolerancia del Estado.
Entre las víctimas citadas se encuentran María “X” y los hermanos Ricardo y Estuardo Kostelecki García. La CIDH concluyó que el Estado de Guatemala es responsable por la violación de derechos protegidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como la vida, integridad personal, libertad, igualdad ante la ley y salud, así como de tratados específicos como la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención de Belém do Pará.
Entre las medidas de reparación que la CIDH solicitó a la Corte IDH se incluyen reparación integral para las víctimas, incluyendo compensación económica, investigación y sanción de responsables por violencia, abusos y negligencia, atención de salud física y psicológica conforme a la voluntad de las personas internadas, reforma de legislación que sustituya los regímenes de tutela y reconozca la capacidad jurídica de las personas con discapacidad mental, implementación de servicios comunitarios de salud mental y procesos de desinstitucionalización, así como fortalecimiento de mecanismos de denuncia, atención a víctimas y formación del personal sobre violencia sexual.
Según la Comisión, el caso visibiliza un patrón estructural de violencia institucional en el sistema de salud mental de Guatemala y podría marcar un precedente en la protección de los derechos de las personas con discapacidad en la región.