La dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo presentó ante la Asamblea Nacional un paquete de reformas a cinco leyes que ampliaría significativamente los mecanismos de control estatal sobre ciudadanos, empresas, cooperativas, fideicomisos y organizaciones sin fines de lucro en Nicaragua.
La iniciativa fue remitida el 16 de junio a la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos con la instrucción de emitir un dictamen en apenas 24 horas, una medida que apunta a una aprobación acelerada y sin un amplio debate público.
Las modificaciones alcanzan la Ley 977 contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo, la Ley 976 de la Unidad de Análisis Financiero, el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado.
Según el oficialismo, los cambios responden a la necesidad de adecuar la legislación nacional a estándares internacionales y recomendaciones de organismos multilaterales. Sin embargo, juristas y críticos consideran que las reformas aumentan la capacidad de vigilancia e intervención del Estado sobre actividades económicas y financieras de distintos sectores.
Uno de los cambios más relevantes involucra a las organizaciones sin fines de lucro. La reforma establece expresamente que estas entidades quedarán bajo la supervisión directa del Ministerio del Interior (Mint), institución que tendrá amplias facultades para acceder a información administrativa, financiera y operativa de las organizaciones.
Además, el Ministerio del Interior podrá compartir información con otras autoridades cuando considere que una organización podría estar involucrada en actividades ilícitas o distintas a sus fines originales. También tendrá potestad para exigir informes, supervisar programas informáticos y verificar el cumplimiento de normas relacionadas con la prevención del financiamiento al terrorismo.
La reforma también endurece los controles sobre la inmovilización de bienes y activos. Personas naturales, empresas privadas, instituciones públicas e incluso extranjeros residentes o en tránsito por Nicaragua deberán colaborar en la localización e identificación de bienes vinculados a personas o entidades investigadas por presuntos delitos relacionados con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Otro de los puntos centrales es la ampliación de la figura del beneficiario final. Cooperativas, organizaciones sin fines de lucro y estructuras jurídicas extranjeras que mantengan relaciones comerciales en Nicaragua estarán obligadas a declarar y actualizar la identidad de sus beneficiarios finales como requisito indispensable para diversos trámites administrativos y legales.
Las reformas también otorgan mayores facultades a la Policía Nacional, incluyendo la posibilidad de realizar registros, allanamientos, inspecciones y extracción de información de dispositivos electrónicos e informáticos durante investigaciones vinculadas a delitos contemplados en estas normativas.
Analistas consideran que las medidas fortalecen el control estatal sobre sectores sociales, económicos y políticos en un contexto marcado por denuncias de restricciones a las libertades civiles y al espacio de participación ciudadana en Nicaragua.







