La Asamblea Nacional de Panamá aprobó esta semana el Proyecto de Ley 641 de 2026, una iniciativa que incorpora nuevas reglas de sustancia económica para las entidades pertenecientes a grupos multinacionales domiciliadas en el país.
La legislación establece que las empresas deberán demostrar operaciones reales dentro del territorio panameño para evitar la aplicación de una tarifa del 15 % sobre determinadas rentas pasivas generadas en el extranjero.
Las disposiciones alcanzan ingresos provenientes de dividendos, intereses, regalías, ganancias de capital y rentas inmobiliarias obtenidas fuera de Panamá por entidades integrantes de grupos multinacionales.
De acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, la medida forma parte de los esfuerzos del país para fortalecer su marco tributario y alinearse con los estándares internacionales de transparencia fiscal y sustancia económica.
La legislación afecta a sociedades offshore, holdings, empresas internacionales,multinacionales, entidades con ingresos pasivos y estructuras que usan beneficios fiscales panameños.
La normativa señala que las compañías deberán acreditar personal calificado, instalaciones adecuadas, toma de decisiones estratégicas y gastos operativos reales en Panamá para demostrar la existencia de actividad económica sustancial.
Si una empresa está inscrita en Panamá pero no tiene empleados, no tiene oficina, no lleva contabilidad,
y todas sus operaciones ocurren en otro país, las autoridades podrían considerar que no tiene sustancia económica real y estarán sujetas a una tasa única y definitiva del 15 % sobre la renta neta gravable derivada de los ingresos pasivos obtenidos en el exterior.
El nuevo régimen también contempla incentivos para actividades de innovación. Los ingresos generados por activos intangibles desarrollados en Panamá, como patentes, marcas y derechos de autor, recibirán un tratamiento especial destinado a fomentar el desarrollo tecnológico y la generación de valor agregado.
Asimismo, la legislación incorpora mecanismos para evitar la doble tributación mediante créditos fiscales por impuestos pagados en otros países y excluye expresamente a la marina mercante y a las entidades financieras supervisadas por los organismos reguladores panameños.
El proyecto también moderniza la definición de establecimiento permanente conforme a estándares internacionales, incorpora cláusulas antiabuso y fortalece las medidas de confidencialidad y protección de la información tributaria.
La nueva ley entrará en vigor a partir del período fiscal 2027 y otorga un plazo de 90 días al Órgano Ejecutivo para desarrollar la reglamentación correspondiente.
Las autoridades panameñas consideran que la aprobación de esta normativa contribuirá a fortalecer la imagen internacional del país, mejorar la confianza de inversionistas y organismos multilaterales, además de promover la llegada de inversiones con presencia física real y generación de empleo local.







