El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de Costa Rica respondió a la convocatoria realizada en Estados Unidos para analizar la posible solicitud de levantamiento de inmunidad del presidente costarricense, aclarando que se trata de un asunto interno y regulado por la institucionalidad del país.
El pronunciamiento se dio luego de que la embajadora Catalina Crespo fuera llamada a un subcomité del Congreso de Estados Unidos para referirse al trámite sobre la inmunidad presidencial. El tema generó atención internacional por involucrar directamente a la figura del mandatario costarricense.
El TSE recordó que Costa Rica se ubica entre las democracias plenas del mundo, ocupando el puesto 18 según el Democracy Index de The Economist. Destacó que esa estabilidad descansa, en parte, en la autonomía con que el organismo conduce los procesos electorales y protege los derechos políticos de la ciudadanía.
Ante la convocatoria de la señora Embajadora de Costa Rica en los Estados Unidos, Catalina Crespo, a un subcomité del Congreso de ese país, para referirse a la solicitud de levantamiento de la inmunidad al Presidente de la República, el TSE manifiesta: pic.twitter.com/Lb4oJLIUOd
— TSE Costa Rica (@TSECostaRica) November 21, 2025
El tribunal subrayó que la actividad en Estados Unidos es un acto político externo sin incidencia en el sistema electoral costarricense ni en el procedimiento formal de levantamiento de inmunidad, el cual está definido en el artículo 270 del Código Electoral.
Además, aclaró que el trámite de levantamiento de inmunidad no equivale a un proceso de destitución, sino a un paso preliminar para evaluar si existen condiciones para iniciar un eventual procedimiento ante el juez electoral, respetando plenamente el debido proceso.
Finalmente, el TSE reiteró que acatará la decisión que tome la Asamblea Legislativa, único órgano facultado para resolver si corresponde retirar la inmunidad al presidente. También señaló que cualquier análisis externo no influye en el accionar de los jueces electorales, que debe basarse únicamente en criterios jurídicos.






