La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió este jueves una histórica sentencia en la que declaró a Guatemala responsable por la desaparición forzada de cuatro defensores de derechos humanos en 1989, durante el conflicto armado interno.
En su fallo, el Tribunal también destacó las graves falencias del Estado guatemalteco en la investigación y sanción de los hechos, así como en la búsqueda de las víctimas.
La Corte determinó que los señores Agapito Pérez Lucas, Nicolás Mateo, Macario Pú Chivalán y Luis Ruiz Luis fueron perseguidos y amenazados por las fuerzas de seguridad del Estado debido a su trabajo en defensa de los derechos humanos.
Tras ser desplazados forzosamente del departamento de Quiché a Suchitepéquez, en abril de 1989, los cuatro fueron víctimas de desaparición forzada a manos del Ejército de Guatemala.
El fallo subraya que, a pesar de la gravedad de los hechos, las autoridades guatemaltecas no han cumplido con su obligación de investigar de manera diligente y eficaz la desaparición de estas personas ni han tomado medidas suficientes para esclarecer su paradero.
La Corte también señaló que la falta de justicia ha causado un sufrimiento profundo a los familiares de las víctimas, incluidos niños y niñas, afectando su integridad psíquica y moral.
En consecuencia, la Corte IDH concluyó que Guatemala violó múltiples derechos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incluyendo el derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad, a la protección judicial, y a la libertad de asociación, entre otros. Asimismo, el Estado infringió los derechos de los familiares de las víctimas, al no garantizarles el acceso a la justicia, la verdad y la reparación integral.
En su sentencia, la Corte instó al Estado guatemalteco a tomar medidas inmediatas para superar la impunidad que persiste en este caso. Esto incluye la realización de una búsqueda urgente y diligente de las víctimas desaparecidas, así como la creación de un mecanismo nacional para la búsqueda de personas desaparecidas, especialmente aquellas víctimas del conflicto armado interno. Además, la Corte ordenó la implementación de políticas públicas para asegurar el acceso a archivos relevantes para el esclarecimiento de estos crímenes, tanto en las fuerzas de seguridad activas como en las disueltas.
El fallo también instó a Guatemala a garantizar la desclasificación y conservación de documentos oficiales que puedan ayudar en la identificación y resolución de casos de desaparición forzada, una práctica que sigue siendo un tema de dolor y reivindicación en el país.
En el contexto de esta decisión, los jueces Rodrigo Mudrovitsch, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot y Ricardo C. Pérez Manrique emitieron un voto conjunto concurrente.
Por otro lado, los jueces Humberto Antonio Sierra Porto y Patricia Pérez Goldberg presentaron un voto parcialmente disidente.
Este fallo representa un paso importante en la lucha por la justicia y la verdad para las víctimas del conflicto armado en Guatemala, así como una advertencia para que el Estado asuma su responsabilidad en la protección de los derechos humanos y la memoria histórica.