La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala respaldó a la cuestionada fiscal general Consuelo Porras y ordenó a las autoridades “desalojar” las calles y carreteras que las manifestaciones populares mantienen cerradas desde el 2 de octubre.
De acuerdo a la resolución de la CC, el pleno de los magistrados decidió declarar con lugar la solicitud planteada por el Ministerio Público, para retirar de las vías públicas a quienes participan de los reclamos.
relacionado a la solicitud de asistencia para la debida ejecución requerida por el Ministerio Público.
“No todas las manifestaciones que se han realizado, han cumplido con lo dispuesto en el artículo 33 constitucional y los estándares internacionales, pues en abuso de los derechos de reunión y de manifestación, se ha impedido a la población el ejercicio, entre otros, de los derechos a la vida, salud, tratamientos médicos, seguridad, paz, libertad de locomoción de personas y vehículos, libertad de industria, comercio, trabajo y propiedad, así como se ha limitado la garantía de los servicios esenciales como el transporte, el agua, el agua potable, la energía eléctrica, el funcionamiento de puertos, aeropuertos, aduanas, terminales de carga y descarga de mercancías, y cualesquiera otros afectados”, dice la resolución.
La Corte de Constitucionalidad a la Opinión Pública informa: pic.twitter.com/P42RYOidyn
— CC Guatemala (@CC_Guatemala) October 12, 2023
Y la misma ordena “asumir de forma inmediata y oportuna las acciones y medidas pertinentes para restituir a los guatemaltecos en el goce de la libre locomoción, el acceso a la salud y vida, seguridad, al ejercicio del trabajo, el comercio y la industria, así como garantizar los servicios esenciales como el
transporte, el agua, el agua potable, la energía eléctrica y cualesquiera otros afectados, entre estos los derechos de los niños a la integridad, a la educación”.
Indica también que el uso de la fuerza pública para retirar los bloqueos debe ser “la última medida y sólo cuando sea absolutamente necesario y en casos excepcionales, es decir, cuando la manifestación no sea pacífica o haya indicios claros de amenaza inminente de violencia grave, pudiendo, para mantener el orden y la seguridad, dispersar la reunión cuando esta cause gran perturbación, como el bloqueo del tráfico.
La resolución ordena a las autoridades a cumplir inmediatamente con lo ordenado.