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Home Internacional

Comienza la transición papal y los preparativos del cónclave con el secreto absoluto como norma

Por Tulio Alberto Álvarez-Ramos, Universidad Católica Andrés Bello

23 abril, 2025
in Internacional
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El féretro del papa Francisco en medio de los feligreses en la plaza de San Pedro en El Vaticano.

El féretro del papa Francisco en medio de los feligreses en la plaza de San Pedro en El Vaticano.

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Dos efectos tiene el fallecimiento del papa Francisco. El primero está relacionado con la paralización de las reformas que propuso y que se resumen en el término sinodalidad; el otro, la sede vacante, un periodo de transitoriedad gubernativa, lo que implica la convocatoria y organización del cónclave que debe designar sucesor.

El proceso se encuentra regulado en la Constitución Apostólica Universi Dominici Gregis de san Juan Pablo II.

Los cometidos del camarlengo

Cuando el cardenal camarlengo Kevin Joseph Farrell –ejerce las funciones que le asigna la legislación especial de la Santa Sede–anunció el fallecimiento de Francisco, comenzó a cumplir un rol singular en un proceso extremamente reglado. Él fue el encargado de certificar la muerte, sellar los aposentos para proteger sus pertenencias y destruir el anillo del Pescador y el sello de plomo, símbolos de su pontificado.

Farrell se convirtió en administrador de los bienes y derechos temporales de la Iglesia y el garante de la continuidad de su gobierno, pero sin asumir la autoridad espiritual del papa. Y, lo más relevante, organiza el cónclave en una secuencia de actos que incluyen la preparación de los funerales pontificios que se celebrarán durante nueve días.

Sede vacante: proceso ordenado con suprema precisión

Declarada legítimamente vacante la Sede Apostólica, a las 8:00 horas de la mañana del 21 de abril de 2025 comenzó el periodo de transición y se determinó el comienzo del cónclave, tentativamente entre los 15 y 20 días después de la declaratoria de sede vacante. Esto implica que la fecha probable será entre el 6 y el 11 de mayo, aunque el Colegio de los Cardenales tiene facultad de anticipar el inicio si consta la presencia de todos los cardenales electores.

En ese proceso, el decano del Colegio Cardenalicio, el cardenal Giovanni Battista Re, debe convocar para las congregaciones generales con carácter preparatorio, en las que participan inclusive aquellos cardenales mayores de 80 años que no votarán en el cónclave. Estas reuniones se deben realizar a diario, incluso en los días en que se celebran las exequias.

Aunque el sentido de las mismas es reflexionar sobre la situación de la Iglesia y el reto que supone su futura dirección, también permite que el camarlengo oiga el parecer del Colegio y comunique el avance de los preparativos. En la práctica, son encuentros de evaluación en los que se van desarrollando las primeras tendencias.

El sucesor del pontífice tendrá la última palabra

El Colegio de Cardenales no puede modificar, suspender o continuar procesos que correspondían exclusivamente al papa fallecido. Aunque tiene el poder civil del sumo pontífice, concerniente al gobierno del Vaticano, no puede dictar decretos sino en caso de urgente necesidad durante la vacante de la Santa Sede. La validez de los mismos dependerá de la ratificación del nuevo pontífice.

También se produce la suspensión de funciones del secretario de Estado, los prefectos y presidentes de los dicasterios –órganos de gobierno que ayudan al papa en la dirección de la Iglesia–. Además, los cardenales y obispos que forman parte de los dicasterios dejan de ejercer sus responsabilidades. No se pueden realizar nombramientos de obispos ni cambios en la estructura eclesiástica, razón por la cual son muy restringidos los cargos que continúan en funciones.

El sentido de este interregno es que cualquier decisión sobre los asuntos fundamentales de la Iglesia quede reservada al futuro pontífice. Esto afectaría las reformas que adelantó Francisco y que se encuentran en pleno proceso de discusión, conectadas en su esencia y propósito con la bula Spes non confundit, la cual convoca el Jubileo Ordinario del Año 2025.

El secreto absoluto bajo pena de excomunión

Toda actividad de los cardenales en sede vacante y durante el cónclave están marcadas por el secreto. Ellos deben abstenerse de toda correspondencia o comunicación externa hasta que la elección haya concluido y se anuncie el resultado.

Antes de la elección, los cardenales deben pronunciar un juramento solemne, tocando los Santos Evangelios, mediante el cual se comprometen a proceder con recta intención y guardar el secreto absoluto bajo pena de excomunión latae sententiae.

Tras el juramento, el maestro de las celebraciones litúrgicas pontificias ordena a todas las personas ajenas al cónclave que abandonen la Capilla Sixtina. Por supuesto, está prohibido introducir o utilizar dispositivos para grabar, reproducir o transmitir voces, imágenes o escritos en los lugares destinados al cónclave.

El voto solo por escrutinio

En cuanto al sistema de votación, fueron abolidas las formas de elección per acclamationem seu inspirationem y per compromissum, quedando únicamente el sistema de per scrutinium, mediante votación secreta. Para que una elección sea válida se requieren al menos dos tercios de los votos de los cardenales presentes. Si no hay un resultado en el primer escrutinio, se realizarán dos votaciones en la mañana y dos en la tarde, en días sucesivos.

Una vez elegido el papa, el cardenal decano pregunta al candidato si acepta la elección y qué nombre desea tomar. Si el elegido ya es obispo, inmediatamente asume como papa con plena autoridad. Si no es obispo, debe ser ordenado antes como obispo de Roma. Los cardenales electores le rinden homenaje, y el nuevo papa imparte la bendición apostólica urbi et orbi desde el balcón de la Basílica de San Pedro.

El cónclave 2025 determinará el futuro de la Iglesia. También podrá ser el inicio de la contrarreforma, dirigida a anular la propuesta sinodal de Francisco, o la aceptación de un legado. Pero el resultado siempre será una Iglesia Casta meretrix –santa pecadora–.The Conversation

Tulio Alberto Álvarez-Ramos, Profesor/Investigador Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Católica Andrés Bello. Jefe de Cátedra de Derecho Constitucional de la Universidad Central de Venezuela, Universidad Católica Andrés Bello

Este artículo fue publicado originalmente en The Conversation. Lea el original.

Tags: Colegio CardenaliciocónclaveIglesia CatólicaKevin Joseph FarrellPapa FranciscoVaticano
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