La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó a Nicaragua por la detención ilegal y arbitraria, los tratos crueles, inhumanos y degradantes y la posterior deportación del ciudadano estadounidense Jason Zachary Puracal, detenido en 2010 durante una investigación relacionada con tráfico de drogas.
En una sentencia notificada el 13 de agosto, el tribunal declaró: “La responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por la detención ilegal y arbitraria del señor Jason Zachary Puracal, así como por los tratos crueles, inhumanos y degradantes sufridos durante su privación de libertad”.
La Corte también determinó que las condiciones de sus más de 21 meses de encarcelamiento vulneraron sus derechos a la salud, al agua y al saneamiento.
El caso comenzó el 11 de noviembre de 2010, cuando agentes policiales allanaron la oficina y vivienda de Puracal, sin una orden judicial válida, según determinó la CorteIDH.
El registro de la casa ocurrió durante la noche y en presencia de sus familiares, incluido su hijo de tres años. Posteriormente, el estadounidense fue trasladado por diferentes centros de detención, entre ellos “El Chipote” y “La Modelo”, sin que existieran registros claros sobre su paradero durante varios días.
Puracal quedó bajo prisión preventiva por la investigación de tráfico de drogas y permaneció privado de libertad durante más de 21 meses. La Corte concluyó que estuvo sometido a condiciones de hacinamiento, acceso limitado a agua potable y atención médica inadecuada. También estableció violaciones a las garantías judiciales, la presunción de inocencia, la honra y dignidad, la asistencia consular y la protección judicial.
El proceso penal estuvo marcado por retrasos y vulneraciones al debido proceso, según la sentencia. En septiembre de 2012, un Tribunal de Apelaciones anuló el procedimiento y ordenó la liberación de Puracal, quien posteriormente fue deportado hacia Estados Unidos. La CorteIDH consideró que tanto su detención como la posterior deportación fueron ilegales y arbitrarias.
El tribunal también determinó que las actuaciones de las autoridades nicaragüenses afectaron a la familia del estadounidense. Particularmente, señaló el impacto provocado en sus hijos por el allanamiento y la separación familiar, además de las consecuencias sobre su esposa, sus hermanas y su madre, quienes participaron en los esfuerzos para conseguir su liberación y buscar justicia.
Como parte de las reparaciones, la Corte ordenó a Nicaragua adecuar su legislación relacionada con la prisión preventiva oficiosa para hacerla compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos. También dispuso que el Estado adopte las medidas necesarias para que las condiciones de las cárceles “La Modelo” y “El Chipote” cumplan con los estándares internacionales de derechos humanos.
La Corte consideró además que su propia sentencia constituye una forma de reparación para las víctimas y tomó en cuenta las consecuencias que los hechos tuvieron sobre el proyecto de vida de Puracal y varios integrantes de su familia. El fallo responsabiliza internacionalmente a Nicaragua por múltiples vulneraciones ocurridas desde su captura en 2010 hasta su liberación y posterior deportación en 2012.







