La Corte de Constitucionalidad de Guatemala revocó el amparo provisional que mantenía suspendida la resolución que ordenaba la prisión del periodista José Rubén Zamora, tras aceptar la apelación presentada por el Ministerio Público (MP).
El pleno de la Corte de Constitucionalidad resolvió con lugar la apelación interpuesta por el MP, lo que deja sin efecto el amparo provisional otorgado a Zamora por la Corte Suprema de Justicia (CSJ). La CSJ deberá ahora resolver el amparo en sentencia definitiva.
El amparo provisional había sido otorgado inicialmente el 24 de junio de 2025 por la Cámara de Amparo y Antejuicio de la CSJ, en respuesta a las acciones constitucionales promovidas por Zamora contra la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del ramo Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente.
Fundamentos legales de la decisión
La Corte de Constitucionalidad basó su resolución en los artículos 27 y 28 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad. Según el tribunal, no concurren las circunstancias que justificaran la protección provisional solicitada ni los supuestos establecidos en el artículo 28 de dicha ley.
#AHORA Corte de Constitucionalidad (CC) acepta apelación de la Fiscalía Especial Contra Impunidad (FECI), del Ministerio Público (MP), y revoca el amparo provisional otorgado al periodista José Rubén Zamora, en el que se le ordenaba a la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal… pic.twitter.com/Cqa4KVcMNg
— Emisoras Unidas (@EmisorasUnidas) September 1, 2025
Asimismo, la decisión se respaldó en múltiples normas constitucionales y legales, incluyendo los artículos 265, 268 y 272 de la Constitución Política de Guatemala, así como disposiciones específicas de la Ley de Amparo y los Acuerdos 3-89 y 1-2013 de la Corte de Constitucionalidad.
Integración del tribunal y efectos de la resolución
La resolución se adoptó con la inhibitoria de la Magistrada Dina Josefina Ochoa Escribá y la ausencia temporal de los magistrados Leyla Susana Lemus Arriaga y Héctor Hugo Pérez Aguilera. El tribunal se integró con los magistrados Rony Eulalio López Contreras, Walter Paulino Jiménez Texaj y Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, con el Magistrado Roberto Molina Barreto asumiendo la presidencia de forma interina.
Con la decisión, se revoca el numeral III) del auto apelado y se deniega el amparo provisional solicitado, permitiendo que las instancias judiciales correspondientes continúen con los procesos legales contra el periodista José Rubén Zamora.
El periodista, uno de los más reconocidos del país, está en prisión a pesar de la presión internacional por el caso.