El Gobierno de Guatemala eliminó la restricción que impedía a los buses extraurbanos con más de 25 años de antigüedad prestar servicio. La medida fue oficializada este viernes con la publicación en el Diario Oficial del Acuerdo Gubernativo 137-2025.
La reforma al Reglamento para la Prestación del Servicio Público de Transporte Extraurbano de Pasajeros modifica el artículo 38. Antes, esta norma limitaba la antigüedad de los vehículos a 25 años desde su año de fabricación. Con el cambio, los autobuses y microbuses podrán operar sin límite de edad.
La eliminación de la restricción se acompaña de nuevos requisitos mecánicos y de seguridad. El reglamento incorpora el artículo 53 Bis, que obliga a las unidades a contar con un certificado de funcionalidad. Este documento acreditará que el vehículo cumple con condiciones físicas y mecánicas que protejan la vida y seguridad de los usuarios.
La certificación deberá renovarse cada 5 años. Las revisiones estarán a cargo de un técnico en mecánica automotriz o del taller del porteador autorizado, ambos debidamente registrados en la Superintendencia de Administración Tributaria.
Además, cada unidad tendrá que llevar una bitácora de mantenimiento con detalles de servicios preventivos y correctivos. El porteador deberá presentar el certificado ante la Dirección General de Transportes en un plazo de seis meses desde la autorización de la licencia o desde la entrada en vigencia de la reforma.
Los expedientes en trámite en la DGT se resolverán según estas nuevas disposiciones. El Acuerdo Gubernativo 137-2025 entrará en vigor el 16 de agosto de 2025.