Estados Unidos anunció este 10 de diciembre la imposición de medidas comerciales contra Nicaragua al amparo de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, con lo cual gravará 15% de aranceles al país durante los próximos dos años.
La decisión la tomó USTR tras concluir que las políticas y prácticas del país centroamericano en materia de derechos laborales, derechos humanos, libertades fundamentales y Estado de derecho son “irrazonables” y obstaculizan o restringen el comercio estadounidense.
La decisión, largamente esperada desde que se inició la investigación en diciembre de 2024, preserva los beneficios del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA-DR), pero establece un esquema de aranceles graduales de hasta el 15 % para las importaciones nicaragüenses que no estén cubiertas por ese acuerdo.
Sanciones hasta 2028
Según informó la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR), los aranceles comenzarán a aplicarse el 1 de enero de 2026 con una tasa inicial de 0 %, aumentarán al 10 % el 1 de enero de 2027 y alcanzarán el 15 % el 1 de enero de 2028.
Estas tarifas se acumularán con otros gravámenes vigentes, como el Arancel Recíproco del 18 %, y el cronograma podría modificarse si Nicaragua no muestra avances en la corrección de las prácticas señaladas.
La USTR explicó que la medida busca equilibrar la necesidad de responder a conductas que afectan al comercio con la de limitar disrupciones para las empresas estadounidenses, muchas de las cuales mantienen cadenas de suministro integradas con Nicaragua, especialmente en sectores como el textil y de confección.
Investigación bajo la Sección 301
La acción anunciada este 10 de diciembre se basa en la determinación del USTR de que los actos, políticas y prácticas de Nicaragua son procesables bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio.
Esa conclusión se adoptó tras analizar más de 2.000 comentarios públicos y realizar consultas con expertos de agencias gubernamentales y comités asesores autorizados.
La investigación fue iniciada el 10 de diciembre de 2024, luego de que el USTR recibiera asesoramiento del Comité de la Sección 301.
Durante el proceso se abrió un período de comentarios públicos, se celebró una audiencia y se recibieron testimonios que documentan violaciones graves de derechos humanos, algunos de los cuales fueron remitidos al Departamento de Estado de Estados Unidos para su posterior evaluación y acción.
El 20 de octubre de 2025, el Representante Comercial de Estados Unidos determinó que las políticas de Nicaragua en materia de derechos laborales, derechos humanos, libertades fundamentales y Estado de derecho eran irrazonables y restrictivas del comercio estadounidense.
Posteriormente, el organismo propuso medidas de respuesta y convocó a nuevos comentarios por escrito, recibiendo más de 2.000 aportes antes del 19 de noviembre.
CAFTA-DR se mantiene, pero con presión escalonada
A diferencia de otros escenarios contemplados durante el proceso, la decisión no suspende a Nicaragua del CAFTA-DR. El tratado seguirá aplicándose a las exportaciones que cumplan con las reglas de origen, lo que protege a sectores clave de la economía nicaragüense y atenúa un impacto inmediato sobre el empleo y la inversión asociados a ese marco comercial.
No obstante, Washington dejó claro que la preservación del CAFTA-DR no implica una normalización de las relaciones comerciales ni políticas con Managua. La Sección 301 faculta a Estados Unidos a endurecer o ajustar las medidas si no se producen cambios verificables en las políticas cuestionadas.
Resumen de la medida
En términos prácticos, el Gobierno de Estados Unidos impondrá aranceles a productos importados desde Nicaragua como represalia a prácticas que considera abusivas en materia de derechos laborales, derechos humanos y deterioro del Estado de derecho.
Los nuevos aranceles se aplicarán de forma gradual a partir del 1 de enero de 2026 sobre todos los bienes importados desde Nicaragua que no estén amparados por el CAFTA-DR.
El impuesto iniciará en 0 %, subirá al 10 % en enero de 2027 y alcanzará el 15 % en enero de 2028, acumulándose con otros gravámenes vigentes, incluido el Arancel Recíproco del 18 %.
La USTR anunció que emitirá un aviso posterior en el Registro Federal para implementar formalmente estas medidas y dar seguimiento a su evolución en función de la conducta del Gobierno nicaragüense.






