La Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó en primer debate la reforma al artículo 36 de la Constitución Política para eliminar la opción de cualquier persona de abstenerse a declarar contra familiares acusados de delitos sexuales contra menores de edad.
El proyecto de reforma presentada por la diputada Carolina Delgado pretende que ninguna persona tenga la posibilidad de negarse a declarar contra sus familiares en casos de abuso sexual o violencia intrafamiliar que involucre a menores de edad.
La iniciativa establece que la prohibición a no declarar incluiría desde los cónyuges hasta los parientes en tercer grado de consanguinidad. Tras la primera aprobación, el proyecto fue enviado a la Sala Constitucional para que sea analizada por los magistrados.
Una vez concluido el estudio de la reforma, el proyecto sería enviado a la Comisión de Redacción de la Asamblea para que revise el texto y que este sea aprobado en segundo debate por la Asamblea.
Luego, el proyecto tendría que ser nombrado por la presidenta Laura Fernández el 2 de mayo en su discurso en la Asamblea, como forma de aval del Ejecutivo, para que los diputados queden autorizados para aprobar el mismo proyecto tres veces más.
En cada votación, la Asamblea requiere de al menos 38 votos para aprobar la reforma y avanzar en su aval definitivo.
Con el cambio de redacción, el texto de la Constitución sería: “Artículo 36. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo en un procedimiento penal y podrá abstenerse de declarar en los casos en que sea investigado su cónyuge, conviviente, ascendiente, descendiente o pariente colateral hasta el tercer grado inclusive de consanguinidad o afinidad, con excepción de los delitos sexuales en los que la persona ofendida sea menor de edad”.
Además, los legisladores apuestan por incluir un párrafo en el que se obligue a que los menores de edad que sean víctimas de delitos sexuales gocen de acompañamiento y atención institucional integral durante el proceso penal que enfrenten contra sus agresores.






