Costa Rica aprobó una nueva categoría migratoria que permitirá a miles de nicaragüenses, venezolanos, cubanos y colombianos permanecer legalmente en el país y acceder al mercado laboral, aun cuando sus solicitudes de refugio hayan sido rechazadas o continúen en trámite.
La disposición fue emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) y publicada oficialmente en el diario La Gaceta. La normativa crea una “categoría especial temporal complementaria” destinada a brindar protección migratoria a ciudadanos de esas cuatro nacionalidades.
El nuevo sistema de protección a extranjeros entrará en vigencia el 1 de septiembre de 2026 y aplicaría para los ciudadanos de esas cuatro nacionalidades que hayan interpuesto su solicitud de refugio entre el 1 de junio de 214 hasta el 7 de mayo de 2026.
Los beneficiarios de este programa tendrán que haber vivido en Costa Rica desde que solicitaron refugio hasta la gestión del nuevo sistema de protección y el estatus de su solicitud debe ser pendiente de resolución, denegada en firme o haber sido declarada infundada.
Los nicaragüenses, venezolanos, cubanos y colombianos que sean acogidos en este sistema podrán trabajar legalmente en cualquier actividad remunerada por cuenta propia o con un jefe y para entrar o salir del país no necesitarán un permiso especial.
Al ser acogidos al nuevo sistema de protección, el beneficio tendrá una duración de dos años, los cuales, podrán ser prorrogables.
¿Quiénes no aplicarán al beneficio?
Los únicos que no podrán acogerse a este beneficio serán quienes tengan antecedentes por cometer delitos dolosos en los últimos 10 años o quienes sean calificados como “una amenaza” a la seguridad pública de Costa Rica.
El beneficio será cesado a quienes salgan o ingresen irregularmente a Costa Rica y no le será renovado el beneficio hasta que compruebe la razón de por qué viajó irregularmente. El proceso es individual, por lo que, al recibir la protección, esta no es automáticamente extensiva a familiares.






