El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves, y el ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora, por divulgar mensajes y material gráfico que distorsionaron el proceso electoral durante la campaña política, violando principios fundamentales de la democracia costarricense.
El TSE concluyó que las declaraciones del mandatario en conferencia de prensa el 1 de octubre, así como la posterior publicación de una imagen con la frase “Cayó la mordaza” en redes oficiales de ministerios, violentaron el derecho de acceso a información pública veraz, objetiva y neutral.
“La actuación del Presidente constituyó una distorsión informativa en pleno proceso electoral, irrespetando el principio democrático y afectando la libertad del sufragio”, dictaminó el TSE.
El recurso fue presentado por la Defensora de los Habitantes, Angie Cruickshank, quien alegó que las expresiones y publicaciones oficiales del Ejecutivo infringieron garantías esenciales del sistema democrático, al inducir confusión y desinformación sobre el proceso electoral.
El Tribunal también condenó la difusión del mensaje “Cayó la mordaza” desde la cuenta del Ministerio de Seguridad Pública, por haber generado “un estado de alerta y confusión” sobre el papel de la Fuerza Pública durante las elecciones. Recordó que, según la Constitución, dicho cuerpo policial pasa a estar bajo mando del TSE durante el proceso electoral.
“Esta acción contradice principios fundamentales como la libertad, orden, pureza e imparcialidad del sufragio, y socava el deber de neutralidad estatal en época electoral”, señaló el fallo.
Restricciones vigentes desde la veda electoral
Los hechos ocurrieron el 1 de octubre, fecha de inicio de la veda electoral, período durante el cual el Poder Ejecutivo está prohibido de difundir logros de gobierno a través de medios oficiales, como radio, televisión e internet.
Como parte de la resolución, el TSE ordenó al presidente Chaves y al ministro Zamora abstenerse de realizar nuevas conductas o publicaciones que puedan incidir en la libre determinación del electorado o afectar la institucionalidad democrática costarricense.







