Guatemala pone en vigor nueva ley contra el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo

La nueva normativa amplía los controles sobre actividades financieras y comerciales, unifica las reglas contra el lavado de activos y eleva las obligaciones de supervisión.

Guatemala pone en vigencia este jueves la nueva ley contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, con mayores controles para prevenir operaciones vinculadas con recursos ilícitos.

El Decreto 15-2026, aprobado por el Congreso el 2 de junio con 147 votos, sustituye las normas que regulaban por separado ambos delitos. La nueva legislación unifica el marco jurídico y amplía los sectores sujetos a controles.

Reglamento definirá aplicación de las nuevas normas

La entrada en vigor ocurre mientras la Superintendencia de Bancos (SIB) prepara el reglamento para aplicar la legislación.

Juan Carlos Monroy, intendente de Verificación Especial de la SIB, indicó que la propuesta ya fue socializada con distintos sectores.

La entidad prevé entregar el proyecto al Ejecutivo a finales de septiembre. El Gobierno deberá aprobarlo para completar la regulación de la nueva ley.

La SIB también trabaja en manuales, instructivos y circulares destinados a los sectores alcanzados por las nuevas obligaciones.

Más actividades quedan bajo supervisión

La legislación deroga los decretos 67-2001 y 58-2005, que regulaban el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Con ello, Guatemala establece un régimen único para ambos delitos.

Además, amplía el grupo de personas y empresas obligadas a aplicar controles contra operaciones sospechosas.

Entre ellas figuran actividades inmobiliarias, compraventa de vehículos y comercio de obras de arte, antigüedades, joyas, piedras y metales preciosos.

La norma también incorpora un enfoque basado en riesgos y refuerza las funciones de la Intendencia de Verificación Especial. Esta unidad funciona como la instancia de inteligencia financiera de la SIB.

La ley mantiene penas de hasta 20 años

El delito de lavado de dinero comprende operaciones destinadas a ocultar o disimular el origen ilícito de bienes o recursos.

La normativa también establece la autonomía de este delito. Por ello, su persecución no exige una condena previa por el delito que originó los bienes investigados.

El artículo 75 fija penas de 6 a 20 años de prisión inconmutable. Además, contempla una multa equivalente al beneficio económico obtenido.

La nueva legislación busca adecuar a Guatemala a estándares internacionales contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, incluidos los establecidos por el Grupo de Acción Financiera Internacional.

Exit mobile version