Guatemala puso en marcha una reforma al reglamento penitenciario que modifica las condiciones bajo las cuales niños y adolescentes podrán visitar a familiares privados de libertad. Las disposiciones comenzaron a regir el 9 de septiembre de 2026.
A partir del 11 de septiembre, cada visita deberá ser autorizada previamente por el Sistema Penitenciario. Las familias tendrán que comprobar el parentesco y presentar la identificación del adulto responsable y los certificados de nacimiento de los menores.
El incumplimiento de los requisitos podrá ser castigado con penas de entre 8 y 18 años de prisión y multas de 100,000 a 500,000 quintales (hasta 65 mil dólares). La normativa permite el ingreso únicamente a familiares consanguíneos dentro de los cuatro grados establecidos por la ley.
Los menores también serán registrados mediante tecnología biométrica y cámaras que permitirán controlar su entrada y salida. Durante toda la visita deberán permanecer acompañados por una persona que tenga la patria potestad, tutela, guarda o custodia.
Las cárceles deberán habilitar espacios especiales separados de los dormitorios de los reclusos y de las zonas destinadas a visitas íntimas. Cuando el encuentro presencial represente un riesgo, las autoridades podrán establecer visitas virtuales.
Para acondicionar esas áreas, el Sistema Penitenciario abrió nueve concursos destinados a adquirir, entre otros materiales, 22,500 bloques, 1,125 sacos de cemento, 428 láminas, 30 mesas infantiles y 240 unidades de piso antideslizante.
La reforma surge después de que una investigación de 2024 expusiera casos de explotación sexual de menores dentro de una prisión. Aquel operativo dejó 47 capturados, incluidos 23 guardias señalados de colaborar con una estructura vinculada al Barrio 18.
