Corte de Constitucionalidad de Guatemala ordena medidas preventivas para marchas del orgullo 2026

La resolución provisional surgió tras una acción presentada por una asociación de abogados y señala medidas relacionadas con actividades públicas programadas en Ciudad de Guatemala y Quetzaltenango.

La Corte de Constitucionalidad de Guatemala ordenó la implementación de medidas preventivas y de control relacionadas con las actividades denominadas “Caminatas del Orgullo Gay 2026”, programadas en Ciudad de Guatemala y Quetzaltenango.

La resolución surgió tras una acción promovida por la Asociación Guatemalteca de Abogados y Profesionales Cristianos, que señaló posibles omisiones de autoridades estatales en temas de prevención y seguridad durante los eventos públicos.

El tribunal conoció el expediente y emitió una resolución provisional mientras continúa el análisis del caso.

Acción judicial planteó protección para menores en espacios abiertos

La solicitud presentada ante la Corte argumentó que las actividades previstas podrían desarrollarse en áreas públicas con presencia de niños y adolescentes. 

Además, el recurso señaló la necesidad de aplicar mecanismos de control y prevención en espacios donde circulan familias y menores de edad.

La acción también indicó que los eventos programados transitan por avenidas y plazas de alta circulación en Guatemala y Quetzaltenango. 

Autoridades nacionales y municipales quedaron incluidas en el proceso

La acción legal involucró a distintas instituciones y funcionarios del Estado guatemalteco.

Entre ellos figuran el presidente de Guatemala, el ministro de Gobernación, el Procurador de los Derechos Humanos, gobernadores departamentales y alcaldes de ambas ciudades.

Las autoridades señaladas deberán responder dentro del proceso judicial que continúa en desarrollo.

Magistrados mantuvieron posiciones distintas durante la votación

La resolución recibió respaldo de 3 magistrados del pleno constitucional.

Sin embargo, la presidenta del tribunal, Gladys Annabella Morfín Mansilla, y la magistrada Astrid Jeannette Lemus Rodríguez emitieron votos razonados disidentes.

La decisión refleja posiciones diferentes dentro del máximo tribunal constitucional mientras avanza el expediente.

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