Fallo del Supremo de EE. UU. contra aranceles de Trump abre nueva etapa en la política comercial

La decisión limita el uso de poderes de emergencia para imponer gravámenes y devuelve al Congreso la potestad arancelaria, aunque la implementación práctica aún está en definición.

Presidente de Estados Unidos, Donald Trump. /@WhiteHouse

La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos que declaró ilegal la base jurídica utilizada por el presidente Donald Trump para imponer aranceles bajo poderes de emergencia marca un punto de inflexión en la política comercial estadounidense y abre una nueva etapa de mayor escrutinio institucional.

El fallo establece que el Gobierno estadounidense se extralimitó al invocar la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Nacional (IEEPA, por sus siglas en inglés) para aplicar gravámenes recíprocos a distintos socios comerciales. Con ello, el Supremo delimita el alcance del Poder Ejecutivo en materia arancelaria y reafirma que la potestad constitucional para establecer aranceles corresponde al Congreso.

La medida tiene implicaciones directas para exportadores y operadores de comercio internacional, al aportar mayor previsibilidad jurídica en el acceso al mercado estadounidense.

Sin darse por vencido, esta noche, Trump firmó desde la Oficina Oval un arancel global del 10 % sobre todos los países fundamentado en la Ley de Comercio de 1974, que permite al presidente imponer aranceles de hasta el 15 % durante períodos de 150 días.

 

Costos para las empresas

Desde abril de 2025, Estados Unidos aplicó aranceles invocando facultades de emergencia económica bajo la IEEPA, estableciendo diferentes tasas según el socio comercial, su balanza comercial y la sensibilidad sectorial. Aunque países de Centroamérica, República Dominicana y Panamá mantienen acuerdos de libre comercio vigentes con Washington, las medidas se aplicaron de forma transversal, generando costos adicionales y distorsiones en precios y cadenas de suministro, explica la firma EY en un análisis.

De la región, solo El Salvador y Guatemala tienen un acuerdo recíproco, anunciado en enero de 2026, que elimina el arancel del 10 % a una parte de las exportaciones de ambos países a cambio de compromisos en materia de seguridad y abrir más el mercado.

“El fallo representa un hito en materia arancelaria, al fortalecer la seguridad jurídica de los operadores de comercio internacional, evitando la aplicación de la normativa para imponer obstáculos arancelarios sin ningún tipo de límite. Esto introduce mayor previsibilidad para las empresas que operan con el mercado estadounidense y les permite estructurar mejor sus cadenas de valor”, señaló Jaime Morales, Global Trade Senior Manager de EY.

No obstante, la aplicación práctica del fallo aún debe definirse. Se espera que autoridades federales, como la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), emitan lineamientos formales para operativizar la decisión.

“El fallo es relevante, pero abre una nueva etapa de la política comercial de los Estados Unidos. No se trata de una suspensión inmediata, sino de un proceso ordenado de implementación donde las empresas deben ser vigilantes y estar atentas a los lineamientos regulatorios que emitirán las autoridades estadounidenses. En comercio internacional, la planificación basada en información precisa es clave para proteger la competitividad”, agregó Morales.

El pronunciamiento del máximo tribunal no solo redefine el alcance del Ejecutivo en materia comercial, sino que también obliga a gobiernos y empresas a reevaluar estrategias ante un escenario donde la política arancelaria estadounidense entra en una fase de transición, con posibles oportunidades y desafíos para quienes exportan hacia ese mercado.

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