La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) de Panamá ha abierto 290 acciones contra casos de publicidad engañosa, de ese total, solo se han resuelto 14 expedientes que ya suman más de $11,000 en sanciones.
Según el informe de la Acodeco, de enero a julio de 2026 se abrieron 290 expedientes por publicidad engañosa, de ese número, hay 213 que se encuentran en trámite por denuncias de ciudadanos y otros 77 que se iniciaron de oficio por la institución.
En estos primero siete meses del año, las autoridades solo han logrado resolver 14 casos de publicidad engañosa en los que se han impuesto sanciones por $11,398.38. La principal queja es de que “la publicidad no es veraz” con 10 reportes que suman $11,260.29.
Otros tres casos de los resueltos fueron por incumplimiento de la publicidad por $105.93 y solo un caso por omisión de la fecha de duración de la publicidad con $32.16. Mientras que, entre los casos sin resolver se encuentran 47 expedientes de reclamos por falta de veracidad en anuncios y otros 13 por incumplimiento de lo promocionado.
Entre los casos iniciados por oficio de la institución, se encuentran 27 expedientes por no indicar la duración de la oferta promocionada en la publicidad, otros 19 casos por ventas especiales sin falta comprobada y 16 anuncios no veraces.
Información a guardar para los casos
Para determinar la exactitud de una denuncia contra una publicidad, la Acodeco revisa el anuncio, las condiciones ofrecidas al consumidor, las restricciones o limitaciones a la promoción, si las condiciones fueron dichas de forma clara, visible y comprensible, si el producto anunciado es el mismo recibido y si la publicidad inducía a un error o una confusión.
Al iniciar un reclamo formal por denuncia engañosa, al consumidor se le requiere de fotografías, capturas de pantalla, facturas, comprobantes, enlaces de la publicidad o cualquier material que pueda servir como prueba en el proceso.
