La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras resolvió parcialmente a favor de un recurso de inconstitucionalidad presentado por organizaciones y ciudadanos contra varios artículos de la Ley General de Minería.
La sentencia declaró inconstitucionales los artículos 22, 39, 43, 47, 48, 67 y 68 de la legislación minera. Según el fallo, estas disposiciones contravenían principios establecidos en la Constitución hondureña.
El recurso fue promovido por la abogada Clarisa Vega Molina, quien actuó en su nombre y en representación del Instituto de Derecho Ambiental de Honduras (IDAMHO), junto con otros ciudadanos.
Disposiciones impugnadas continúan vigentes bajo condiciones específicas
Al mismo tiempo, el tribunal declaró constitucionales otros artículos cuestionados durante el proceso judicial. Entre ellos figuran los artículos 36, 49, 53, 55, 56, 60, 61, 66, 70, 76, 77, 86 y 111.
No obstante, la Sala señaló que estas normas deberán aplicarse respetando principios de soberanía estatal sobre los recursos naturales, equidad, transparencia, protección ambiental y derechos fundamentales.
Además, la sentencia establece que los efectos del fallo operarán hacia el futuro. Por lo tanto, no afectarán situaciones jurídicas que ya hayan sido ejecutadas de forma definitiva.
Congreso recibe recomendaciones para actualizar la legislación
Como parte de la resolución, la Corte exhortó al Congreso Nacional de Honduras a impulsar reformas urgentes en materia minera.
Entre las recomendaciones figuran la definición de límites temporales claros para las concesiones mineras, la creación de mecanismos efectivos de consulta previa para pueblos indígenas, el establecimiento de un régimen tributario acorde con estándares internacionales y la elaboración de un catálogo actualizado de áreas protegidas.
Finalmente, la Corte ordenó comunicar la sentencia al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional para su publicación oficial y para que cesen los efectos de las disposiciones declaradas inconstitucionales.
