La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró responsable internacionalmente al Estado de Nicaragua por violar los derechos del excandidato a la alcaldía de Managua, Alejandro Fiallos Navarro, en el marco de un proceso penal desarrollado en 2004.
La sentencia, notificada este martes 12 de mayo de 2026 desde San José, Costa Rica, concluyó que Nicaragua incurrió en detención ilegal y arbitraria, además de vulnerar las garantías judiciales y los derechos políticos de Fiallos durante un juicio por presuntos delitos de abuso de autoridad y amenazas.
Según la resolución, Fiallos Navarro fue sometido a un proceso judicial plagado de irregularidades mientras era candidato a la alcaldía de Managua. El caso estuvo bajo conocimiento del Juzgado Segundo Local del Crimen de Managua, donde la Corte IDH identificó afectaciones al derecho de defensa y falta de motivación adecuada en la sentencia.
El 16 de agosto de 2004, el tribunal nicaragüense condenó a Fiallos Navarro por abuso de autoridad, amenazas condicionadas y extorsión, aunque este último delito fue incorporado de oficio durante el proceso. La condena incluyó arresto, multas e inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos y participar en elecciones durante un año.
La Corte señaló que el excandidato fue detenido antes de que la sentencia quedara firme, cuando acudió a rendir una ampliación de declaración judicial. Posteriormente fue trasladado a la cárcel de El Chipote, donde permaneció una semana privado de libertad.
La defensa presentó un recurso de exhibición personal para cuestionar la legalidad de la captura, pero este fue rechazado por las autoridades judiciales nicaragüenses. Aunque en segunda instancia se eliminó la condena por extorsión, se mantuvo la pena de inhabilitación absoluta.
El tribunal interamericano concluyó que la privación de libertad fue ilegal y arbitraria al ejecutarse sin una sentencia firme. Además, consideró que la sanción de inhabilitación política violó los derechos políticos de Fiallos Navarro al derivarse de un fallo judicial arbitrario.
Por estos hechos, la Corte IDH declaró que Nicaragua violó los artículos 7.1, 7.2, 7.3, 7.4, 7.6, 8.1, 8.2, 23 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en relación con el artículo 1.1 del mismo instrumento internacional.
La Corte también ordenó al Estado de Nicaragua implementar distintas medidas de reparación en favor de Alejandro Fiallos Navarro, aunque el documento no detalla en esta etapa cuáles serán esas acciones específicas.
La sentencia fue emitida por una integración de magistrados encabezada por el presidente de la Corte IDH, Rodrigo Mudrovitsch, de Brasil. El juez peruano Alberto Borea Odría emitió un voto concurrente y parcialmente disidente.
