El Gobierno de Guatemala publicó el Acuerdo Gubernativo 256-2025 sobre el salario mínimo en Guatemala, con el que Ministerio de Trabajo y Previsión Social oficializó las nuevas tarifas por actividad económica y región.
La norma entrará en vigencia el 1 de enero de 2026. Los montos se aplicarán según la circunscripción económica correspondiente.
Salario mínimo agrícola en la circunscripción C1
Para actividades agrícolas en la circunscripción económica C1, que incluye el departamento de Guatemala, el salario diario será de $15.98.
El salario mensual ascenderá a $486.05.
Estas tarifas aplican a partir de enero de 2026.
Salario mínimo no agrícola en la circunscripción C1
En actividades no agrícolas de la circunscripción C1, el salario diario se fijó en$16.87.
El ingreso mensual será de$513.11.
El acuerdo establece estos montos como base legal obligatoria.
Salario mínimo de exportaciones y maquila en C1
Para exportaciones y maquila en la circunscripción C1, el salario diario será de US$14.37.
El salario mensual alcanzará los US$437.14.
Este sector mantiene un esquema diferenciado.
Salario mínimo agrícola en la circunscripción C2
En la circunscripción económica C2, que incluye todos los departamentos excepto Guatemala, el salario agrícola diario será de$15.28.
El salario mensual será de $465.63.
La disposición aplica de forma uniforme en esta región.
Salario mínimo no agrícola en la circunscripción C2
Para actividades no agrícolas en la circunscripción C2, el salario diario se fijó en $16.09.
El monto mensual será de $489.35.
El acuerdo mantiene la diferenciación regional.
Salario mínimo de exportaciones y maquila en C2
En exportaciones y maquila de la circunscripción C2, el salario diario será de $13.58.
El salario mensual alcanzará los $425.78.
Estas cifras rigen desde el inicio de 2026.
Otras disposiciones sobre el salario mínimo
El acuerdo establece que el salario mínimo se pagará de forma proporcional según la jornada laboral. Además, la Inspección General de Trabajo verificará el cumplimiento de la norma.
Las empresas deberán mantener registros actualizados según su actividad y ubicación. Asimismo, los empleadores deberán pagar la bonificación incentivo establecida en el Decreto 78-89.
El incumplimiento generará sanciones conforme al Código de Trabajo. La Inspección no registrará contratos que incumplan los requisitos legales.
La norma no afecta derechos laborales adquiridos previamente. También se ordena su difusión en comunidades lingüísticas del país.
Entrada en vigencia
La Ley de Salarios Mínimos entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
Desde esa fecha, los nuevos montos serán de cumplimiento obligatorio en todo el país.
